El pasado 29 de junio en los Tribunales de San Isidro, un jurado integrado por 12 ciudadanos (mitad hombre y mitad mujeres) decidieron por unanimidad la culpabilidad de Alberto Horacio Galán por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y femicidio cometido a Natalia Conil.

 

El juicio fue conducido, por el Sr. el Juez Ariel Introzzi Truglia, integrante del Tribunal Oral Criminal Nro. 5 de San Isidro quien deberá decidir la pena a imponer, luego de la audiencia de cesura que se celebró el 03 de Julio del este año, en la que las Fiscales de intervención solicitaron la pena de prisión perpetua para el acusado Galán.

 

El hecho ocurrió el día 14 de diciembre de 2016 en el interior de la vivienda ubicada en el barrio Peruzzotti, de la localidad bonaerense del partido de Pilar. La víctima tenía 35 años de edad, una hija con su agresor, y reiteradas denuncias por violencia en el Juzgado de Familia de esa ciudad.

 

Según la información de fuentes judiciales de San Isidro, la agresión se produjo con un rifle de aire comprimido. Primero discutieron; luego Galán a golpeo a Natalia Conil, y una vez en el piso le disparo con el rifle. El proyectil ingresó por la única cavidad blanda donde podía causar la muerte, el ojo, el cual destruyó el cerebro causándole de inmediato muerte cerebral falleciendo dos días después en el hospital.

 

Galán llamo al 911, la llevo al Hospital y esa fue su coartada para invocar que habría sido un accidente. Sin embargo según la fiscalía, en el juicio se habría demostrado que esto no fue así.  Para la defensa, a cargo del Defensor Particular Dr. Francisco Oneto, lo que ocurrió ese día ha sido un accidente, ya que se trato de un acto reflejo, de un movimiento involuntario que generó que se apretara el gatillo y así ingresó el proyectil en el ojo de Natalia. 

 

Sin embrago, las fiscales presentaron el caso al jurado y pudieron acreditar con la evidencia que se produjo en el juicio, que la conducta de Galán fue un acto voluntario con intenciones de quitarle la vida a Natalia valiéndose para ello de la posición dominante que creía ejercer sobre ella, lo cual se demostró con las denuncias anteriores sobre violencia de género. 

 

Varios testigos hicieron referencia a sus agresiones; hasta integrantes profesionales del cuerpo técnico del Juzgado de Familia y de la Dirección de Género del Municipio de Pilar dieron cuenta de ello, sumado a la discusión que escucharon los vecinos; las lesiones que presentaba el cuerpo de Natalia, a lo cual se sumó la declaración de perito médico Forense y perito balístico que sostuvieron que el disparo fue efectuado a corta distancia es decir, menos de cincuenta centímetros del rostro.

 

Toda esa prueba de cargo, no pudo ser contrarrestada por la defensa dada la falta de explicación por parte de Galán de como ocurrieron los hechos, ya que en todo el juicio el imputado hizo uso de su derecho constitucional de no hablar.

 

La instrucción inicial estuvo en manos de la fiscal Carolina Carballido Calatayud, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción de Pilar especializada en delitos de Violencia de género, sumándose en la etapa del juicio la fiscal Laura Zyseskind, también Fiscal especializada en delitos de Violencia de género y ambas integrantes de la Comisión de Políticas de Genero del Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro.

 

Antecedente Farré

 

En 2017, hubo otro caso similar en el que la Justicia condenó al ex-empresario Fernando Farré por el femicidio de Claudia Schaefer, la cual ha sido confirmada recientemente por el Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires.

 

El juicio comprendió cinco intensas jornadas completas, las cuales se pudieron desarrollar con normalidad pese al paro nacional del día lunes 25 de junio, atendiendo la seriedad del caso y la importancia que la violencia de género presenta hoy en nuestra sociedad.

 

La defensa particular no dudó en objetar cada una de las intervenciones de la fiscalía, sin embargo las fiscales lograron exponer la prueba en forma contundente para que el jurado arribe aun veredicto de culpabilidad por unanimidad.

 

Para ello, ambas especializadas en violencia de género, trabajaron en equipo y aunaron e esfuerzo y experiencia para lograr una condena por femicidio en un juicio por jurados de estas características.